Empezar poco a poco, como autónomo complementario

Empezar poco a poco, como autónomo complementario

Quieres ser autónomo, pero no te atreves a dejar tu trabajo actual. Tienes un sueño, pero sientes que no te puedes arriesgar. ¿Y si empiezas como autónomo complementario?

Está claro que ser emprendedor comporta riesgos, pero supone un cambio de vida con ventajas incuestionables como las de dedicarte a tus propios proyectos y las de ser tu propio jefe. ¿Y si eso fuera posible conservando, al mismo tiempo, tu puesto actual?

Condiciones para ser autónomo complementario

La primera condición es simple: para ser autónomo complementario es necesario ejercer simultáneamente y principalmente otra actividad profesional, al menos a tiempo parcial, como:

  • Trabajador asalariado
  • Interino o profesor sin plaza fija (respetando los criterios asociados a esta condición).
  • Profesor con plaza fija (que trabaja al menos el 60% de la jornada completa).
  • Funcionario (que  trabaja como mínimo 200 días u 8 meses al año).
  • Parado, gracias a la medida «Tremplin indépendants» puedes ejercer una actividad como autónomo de modo complementario durante 12 meses, sin perder el subsidio.
  • Por incapacidad laboral, superior al 66%, si la indemnización que recibes deriva de tu actividad anterior.

Procedimiento

El procedimiento es exactamente el mismo que constituirse como autónomo. En este caso:

  • Inscribirse en la BCE (Banque Carrefour Entreprise).
  • Afiliarse a un secretariado social (antes del inicio de la actividad).
  • Pagar las cotizaciones sociales trimestrales, que están reducidas los primeros meses.
  • Pagar el IVA si la actividad está sujeta al mismo (estará exonerado si los ingresos no superan los 25.000€ anuales).
  • Pagar los impuestos asociados a los ingresos extra.

Ventajas

El número de autónomos complementarios no para de crecer en Bélgica. Las principales ventajas son:

  • Ingresos extras. Aun así, hay que considerar que la facturación no esté exenta de IVA, cotizaciones sociales e impuestos.
  • Los riesgos son limitados. Al tener un ingreso fijo, se limita el riesgo de una actividad de la cual todavía desconocemos la viabilidad. Es la experiencia previa para lanzarse 100% en el proyecto.
  • Las cotizaciones sociales están reducidas al principio de la actividad. Pasamos, por tanto, de los 722,59€ a los 79,94€ por trimestre siendo autónomo  complementario, durante los primeros 3 años. Las cotizaciones corresponderán al 20,5% de tus ingresos netos.
  • Los gastos deducibles: éstos pueden ser deducidos si están relacionados con la actividad que realices como facturas profesionales. Podrás deducir, por ejemplo, total o parcialmente, tu PC, los gastos de impresión de documentos, transporte, dietas,…
  • Trámites simplificados en materia de IVA: si el volumen de negocio es inferior a los 25.000€, podrás optar al régimen de franquicia del IVA.
  • Las formalidades burocráticas: como cualquier autónomo, deberás pasar por la ventanilla única, que te orientará sobre los pasos administrativos que deberás seguir.

Inconvenientes

  • Más impuestos. Los beneficios generados por tus actividades como autónomo se sumarán a aquellos generados por tu salario actual, corriendo el riesgo de pasar a un umbral impositivo superior y, por tanto, pagar más impuestos. Una manera de sortear esta situación es la de incorporar todas las facturas deducibles posibles.
  • Sobrecarga de trabajo. El estrés y la fatiga que comporta tener dos trabajos no será, seguramente, fácil.
  • Gastos extra. Es conveniente calcular bien los gastos que generará tu actividad como emprendedor.
  • Disponibilidad. El hecho de no estar disponible el 100% del tiempo en tu negocio puede suponer un problema. En caso de que esto ocurra puede ser señal de que finalmente tu proyecto necesita todo tu tiempo.

Los gastos

Los gastos son inferiores a los que tiene que asumir un autónomo.

  • Inscripción a la BCE: 87€
  • Numero TVA (si tu volumen de negocio supera los 25.000€): 70€
  • Cotizaciones sociales trimestrales: mínimo 79,94€ por trimestre durante los primeros 3 años. Si tu beneficio neto no supera los 1.500€, no es necesario cotizar. Si no, deberás pagar un 20,5% de tus ingresos complementarios reales.
  • Impuesto provincial y comunal: entre 89€ y 124€ según región y comuna.

Fuente: LaLibre

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