El tribunal de la UE respalda a un empleado de la UE con sede en Luxemburgo que gana menos del salario mínimo nacional
La sentencia judicial podría dar lugar a cambios en la forma en que la Comisión Europea calcula las indemnizaciones para los empleados luxemburgueses peor pagados.
Un empleado de la UE afincado en Luxemburgo que cobra menos del salario mínimo nacional ha ganado un recurso judicial contra la Comisión Europea, en una sentencia que los sindicatos esperan que tenga importantes repercusiones para los empleados de la comisión peor pagados en el Gran Ducado.
En una sentencia emitida el mes pasado, el Tribunal General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea falló a favor de Asma Gharbi, empleada de la Comisión Europea, en un caso presentado contra su empleador, ordenando a la comisión que anule su primera nómina tras una impugnación del método de cálculo utilizado.
La sentencia aún puede ser apelada ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Gharbi trabaja para la Oficina de Infraestructuras y Logística (OIL) de la Comisión Europea en Luxemburgo como agente contractual, en el Centre Polyvalent pour l’Enfance , que se encarga de proporcionar un servicio de atención educativa extraescolar para los niños que asisten a las Escuelas Europeas.
Según el sindicato Union Syndicale Luxembourg, que representa al personal de la UE en el Gran Ducado y apoyó a Gharbi en su caso judicial, la empleada es una de los más de 100 educadores que trabajan para OIL en dos centros en Mamer y Kirchberg.
Tras incorporarse a OIL en abril de 2024, Gharbi observó en su primera nómina que no había recibido la “prestación mensual de asistencia social” prevista para los empleados en Luxemburgo cuyo “salario neto es inferior al de un empleado cualificado que percibe el salario mínimo en Luxemburgo”, según señaló la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El salario de Ghari era unos 300 euros inferior al salario mínimo nacional bruto vigente en aquel momento, que era de 3.085 euros.
Método de comparación de la Comisión
El tribunal inferior de la UE señaló que la Comisión calcula la indemnización basándose en una “comparación detallada” —realizada por la propia Comisión— entre la “situación personal de cada empleado en Luxemburgo y una situación hipotética en la que ese mismo empleado trabaja bajo la legislación luxemburguesa y percibe el salario mínimo legal para un trabajador cualificado”.
El tribunal afirmó que la comparación se utiliza “para tener en cuenta las diversas deducciones aplicables y las bonificaciones concedidas en ambos escenarios”.
La empleada, residente en Luxemburgo, presentó una queja formal en julio de 2024, pero no fue hasta siete meses después, el 19 de febrero de 2025, que recibió la respuesta negativa de la comisión, según consta en los documentos judiciales. Gharbi presentó su caso ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ese mismo día.
El tribunal dictaminó que no existía justificación alguna para que la comisión no se pusiera en contacto con su empleado y le proporcionara los motivos de su decisión de manera oportuna.
«La actitud de la comisión es aún más lamentable si se tiene en cuenta que, en el presente caso, bastaba con que comunicara a la persona interesada una simple captura de pantalla de las simulaciones realizadas utilizando las herramientas informáticas a su disposición», declararon los jueces.
Eso le habría permitido al empleado asegurarse de que la comparación “se había realizado efectivamente y, por otro lado, conocer y comprender las cantidades de referencia utilizadas para dicha comparación”.
El tribunal no se pronunció sobre si el cálculo utilizado estaba justificado o era correcto, pero en su fallo ordenó a la comisión que anulara la nómina de Gharbi correspondiente a mayo de 2024 y que cubriera las costas procesales.
Sin embargo, desestimó el resto de la demanda interpuesta por el empleado, incluida una reclamación por un pago simbólico de 1 € en concepto de “daños no materiales que el demandante alega haber sufrido”.
‘Clara victoria’ para los agentes de contratos
“Esta es una clara victoria para la Sra. Gharbi e implícitamente para todos los agentes contractuales de la comisión”, declaró Sorin Cristescu, miembro del comité ejecutivo de Union Syndicale Luxembourg , al Luxembourg Times.
El método de cálculo de la comisión difiere del del Parlamento Europeo y del Tribunal de Justicia, según Sorin, que “aplican una fórmula justa (y sencilla) que compara el salario mínimo nacional de Luxemburgo con el ‘trato base’ de los agentes”.
El dirigente sindical afirmó que cree que si Gharbi hubiera trabajado para el Parlamento Europeo o el Tribunal de Justicia, habría recibido una indemnización mensual de más de 400 euros, pero en cambio se ha quedado sin ninguna compensación adicional y actualmente sigue cobrando por debajo del salario mínimo nacional.
«Esperamos que la Comisión adapte su método de cálculo de la compensación social para los agentes peor pagados a la fórmula justa y sencilla utilizada por las otras dos grandes instituciones de la UE en Luxemburgo: el Parlamento Europeo y el Tribunal de Justicia», afirmó.
“Esto permitiría que más de cien agentes contratados que trabajan para la comisión en los tramos salariales más bajos recibieran una compensación social que elevaría sus sueldos al nivel del salario mínimo de Luxemburgo”, añadió Sorin.
Actualmente hay algo más de 14.500 empleados de la UE en Luxemburgo y algunos, como los agentes contratados en los tramos salariales más bajos, ganan por debajo del salario mínimo nacional luxemburgués para trabajadores cualificados, que actualmente se sitúa en poco más de 3.325 € tras una subida debida a la indexación en junio.
La Comisión Europea no respondió a la solicitud de comentarios del Luxembourg Times sobre si planea apelar la sentencia ante un tribunal superior o si tiene intención de modificar su método de cálculo para el pago de indemnizaciones a los empleados en Luxemburgo.
Fuente: Luxembourg Times