Anunciados bonos del Covid-19 para apoyar a los sectores de eventos, de cultura y creatividad, así como el hotelero en Bruselas

Anunciados bonos del Covid-19 para apoyar a los sectores de eventos, de cultura y creatividad, así como el hotelero en Bruselas

El bono Covid-19 para el sector cultural y creativo de Bruselas

Las medidas adoptadas para contrarrestar la propagación del coronavirus están teniendo consecuencias sin precedentes en la actividad económica de Bruselas. La Región apoya a las organizaciones culturales y creativas sin ánimo de lucro que han sido afectadas por la crisis. Bajo ciertas condiciones, pueden beneficiarse de una prima de 4.000 euros. La solicitud de la prima debe presentarse a más tardar el 23 de noviembre de 2020.

IMPORTANTE:

Las organizaciones culturales y creativas que ya se han beneficiado de la prima Covid-19 Culture de 2.000 euros en el verano de 2020 no deben, ni pueden, presentar una nueva solicitud. Se pagará automáticamente una bonificación de 2.000 euros en su cuenta bancaria (por un importe total de 4.000 euros).

¿Quién tiene derecho a esta bonificación?

Cualquier estructura del sector cultural y creativo de Bruselas de 0 a un máximo de 5 empleados a tiempo completo organizada en forma de empresa sin ánimo de lucro y que se ajuste a un código CNAE incluido en la lista.

Las organizaciones:

  • debe tener al menos un centro de operaciones/local en el territorio de la Región de Bruselas-Capital;
  • debe verse afectada por la crisis causada por la Covid-19 por haber sufrido una pérdida de ingresos que afecta al resultado anual y a la capacidad de hacer frente a los gastos fijos;
  • no puede haber iniciado un procedimiento de concurso, quiebra o liquidación antes de marzo de 2020;
  • no puede tener ganancias retenidas o reservas no asignadas en el balance de 2019 por encima de 5.000 euros.

La bonificación se concederá a petición expresa de la empresa a “Bruxelles Économie Emploi”.

La ayuda se concede una sola vez al mismo solicitante y no puede acumularse con otra prima de la Región de Bruselas-Capital, Flandes o Valonia en el contexto de la crisis de la Covid-19 o con recursos del fondo de emergencia de la Federación Valonia-Bruselas, el fondo de emergencia de la comunidad flamenca o el de la comunidad germanófona.

Recordatorio: De conformidad con el Reglamento de la Comisión (UE) Nº 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, una empresa puede recibir un máximo de 200.000 euros en concepto de ayuda “de minimis” durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores.

La solicitud de la prima debe presentarse a más tardar el 23 de noviembre de 2020.

¿De qué intervención se puede beneficiar?

  • El importe de la prima es de 4.000 euros
  • Número máximo de solicitudes: una solicitud por empresa

Nota: El formulario de solicitud sólo estará disponible a partir del 4 de noviembre. Mientras tanto, les invitamos a que preparen ya los anexos que figuran en www.primecovid.brussels.

 

¡El bono Covid-19 para apoyar al sector hotelero de Bruselas está disponible!

La crisis del coronavirus está teniendo un impacto sin precedentes en el sector hotelero. Los hoteles y apartahoteles pueden, bajo ciertas condiciones, beneficiarse de una ayuda de hasta 200.000 euros por establecimiento con un máximo de 800.000 euros por empresa. La solicitud debe presentarse a más tardar el 13 de noviembre de 2020.

¿Quién puede beneficiarse de esta prima?

El operador de al menos un hotel o apartahotel, registrado en Bruxelles Economie et Emploi a fecha de 7 de julio de 2020, puede solicitar una prima si se cumplen las siguientes condiciones:

A día 7 de julio de 2020, cada hotel y/o apartahotel para el que se solicite ayuda deberá tener un número de registro activo (no suspendido) y certificados de planificación y seguridad contra incendios válidos. Es  inútil presentar una solicitud si su establecimiento no cumple con estas condiciones.

Además, el operador debe:

  • estar en condiciones de publicar sus cuentas anuales ante el Banco Nacional de Bélgica (BNB);
  • cumplir los criterios de salud financiera que se indican a continuación;
  • no tener deudas sociales y fiscales en el momento de la solicitud de ayuda (fuera del plan de compensación);
  • no haber sido una empresa en dificultades (Reglamento UE Nº 651/2014) el 31 de diciembre de 2019. Esta condición se aplica sólo a las empresas medianas y grandes. Sin embargo, las PYMES pueden haber tenido dificultades si no están sujetas a procedimientos de insolvencia colectiva, si no han recibido ayudas de salvamento o de reestructuración (marco temporal para las medidas de ayuda estatal, punto 22.ca);
  • no haber recibido, incluida la prima a la que se refiere la presente Orden, más de 800.000 euros de ayuda en virtud del punto 22 del marco temporal de medidas de ayuda estatal;
  • no haber realizado ni estar realizando, entre el 23 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2020, ningún despido colectivo.

La empresa debe cumplir al menos dos de las tres condiciones siguientes de solidez financiera (basadas en las últimas cuentas anuales presentadas ante el BNB):

  • el capital social (códigos contables 10 / 15, incluido el 101) es superior a la mitad del capital suscrito más la contribución no capitalista (código 100 /2 + códigos 110 y 111). Esto no aplica si la empresa ha reconstituido adecuadamente sus fondos propios desde el final del último ejercicio económico.
  • el volumen de negocios (código 70) de 2019 es mayor que el de 2018. Esta condición no aplica si, de conformidad con la normativa aplicable, ha publicado sus cuentas anuales una sola vez o no las ha publicado nunca.
  • el resultado del beneficio del ejercicio antes de impuestos (código 9903) es positivo.

¿De qué intervención se puede beneficiar?

Importe de la prima

  • Alojamiento con una capacidad menor o igual a 18 unidades de vivienda: bonificación a tanto alzado de 20.000 euros
  • Alojamiento con más de 18 unidades de alojamiento: 1.100 euros por habitación de hotel u otra unidad de alojamiento, con un máximo de 200.000 euros por (aparta-) hotel.
  • El número de unidades de alojamiento considerado es el número indicado en el momento de la inscripción del (aparta-) hotel.

Máximo por compañía

  • Máximo 800.000 euros por empresa.
  • Sólo una solicitud por empresa.

¿Cómo se solicita la prima?

Presente su solicitud de prima a través de IRISBOX el 13 de noviembre de 2020 a más tardar.

Para conectarse a la IRISBOX con un lector de tarjetas, prepare su lector de tarjetas, e-DNI y código PIN.

El formulario debe incluir en todo caso los dos anexos siguientes expedidos por la autoridad competente:

  • certificado relativo a las deudas fiscales de la empresa;
  • certificado relativo a las deudas de la seguridad social de la empresa;

Dependiendo de su caso, el formulario debe incluir los siguientes apéndices:

  • en el caso de deudas fiscales o de seguridad social sujetas a un plan de liquidación concluido con las autoridades competentes:
    • certificado de cumplimiento de este plan de despeje, expedido por el departamento competente;
  • si las cuentas anuales archivadas aún no han sido publicadas en el sitio web de la NBB:
    • certificado relativo a la presentación de las cuentas anuales al NBB;
  • si las cuentas anuales no se han presentado al NBB, si se han presentado, pero aún no se han publicado o si el volumen de negocios (código 70) no aparece en las cuentas publicadas:
    • certificación por el oficial contable de la empresa sobre la exactitud de las cantidades de los códigos contables completados en IRISBOX;
  • si el formulario de solicitud de Bruselas Economía y Empleo (BEE) no muestra automáticamente un número de cuenta o si el número mostrado se modifica al codificar en IRISBOX:
    • certificado de identidad bancaria correspondiente a esta empresa y este número de cuenta.

 

El bono del covid-19 para apoyar al sector de eventos de Bruselas

La Región de Bruselas apoya a las empresas del sector de los eventos, ocio nocturno, el turismo y la cultura que se hayan visto muy afectados por la crisis de la Covid-19. Bajo ciertas condiciones, las empresas de estos sectores pueden beneficiarse de una bonificación que oscila entre los 3.000 y los 9.000 euros. La solicitud de la prima debe presentarse entre el 4 de noviembre y el 4 de diciembre de 2020. Compruebe ahora si tiene derecho a ella y, en caso afirmativo, prepare los documentos necesarios para solicitar una prima.

¿Quién puede beneficiarse de esta prima?

La empresa o el trabajador autónomo que:

  • haya tenido por lo menos un establecimiento en la Región de Bruselas-Capital al menos desde el 18 de marzo de 2020.
  • ocupe a menos de 50 empleados a tiempo completo.
  • esté registrado en el Banque-Carrefour de empresas a fecha de 18 de marzo de 2020 y cumpla sus obligaciones en cuanto a la declaración y el pago del IVA a día 20 de octubre de 2020.
  • esté activo en uno de los sectores admitidos (códigos CNAE y TVA) al menos desde el 18 de marzo de 2020.
  • lleve a cabo una actividad económica y comercial.
  • no sea, o no se considere, una empresa pública.

¿No califica para este bono?

Puede ser elegible para el bono de hotel y apartahotel Covid-19.

¿De qué intervención se puede beneficiar?

Circunstancia Cuantía de la prima
Empresa con franquicia, con TVA, independientemente de su fecha de registro en el Banque-Carrefour de empresas. 3.000 €
Empresa sin franquicia, con TVA inscrita en el registro del Banque-Carrefour de empresas antes del 1 de enero de 2019. 3.000 € mínimo y aumento hasta 9.000 € si se demuestra una disminución del volumen de negocios de al menos el 60% entre los tres primeros trimestres de 2019 y los tres primeros trimestres de 2020 sobre la base de las declaraciones periódicas de IVA (prima = 50% del volumen de negocios de los tres primeros trimestres de 2019, con un tope de 9.000 €)
Empresa sin franquicia, con TVA inscrita en el registro del Banque-Carrefour de empresas entre el 1 de enero de 2019 y el 31 de diciembre de 2019. 3.000 € y aumento hasta 9.000 € si un contable certifica una disminución del volumen de negocios de al menos el 60% entre el año 2019 y el año 2020 (prima = 50% del volumen de negocios total de 2019, con un tope de 9.000 €)
Empresa sin franquicia, con TVA inscrita en el registro del Banque-Carrefour de empresas entre el 1 de enero de 2020 y el 18 de marzo de 2020. 3.000 €

Las solicitudes de prima se pueden presentar a través de www.primecovid.brussels a partir del 4 de noviembre. Mientras tanto, por favor, compruebe si cumple las condiciones.

Fuentes: 1819.be; 1819.be; 1819.be

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