¿Con qué ayudas cuentan los autónomos, las empresas y los trabajadores?

¿Con qué ayudas cuentan los autónomos, las empresas y los trabajadores?

La segunda ola del virus parece acelerarse. Se está contemplando la limitar la movilidad, adoptar medidas más duras e incluso reconfinar a la población… Una doble penalización para los actores económicos que ya se encuentran en apuros.

Desde la aparición de la pandemia y sus efectos en la economía, las autoridades federales y regionales han elaborado una lista de medidas de apoyo a las empresas, las PYMES, los trabajadores autónomos e incluso los empleados. Esto sin incluir las medidas dirigidas a sectores específicos. Aquí os dejamos las principales medidas:

♦ Para autónomos

→’Droit de pasarelle’: Este derecho a un ingreso sustitutivo se ha prorrogado hasta finales de 2020 (para los sectores que todavía están sujetos a limitaciones de actividad). El ‘droit de pasarelle de reprise’, que ayudó a los trabajadores autónomos que reanudaron sus actividades en mayo, se ha prorrogado hasta finales de este mes.

→ ‘Droit de pasarelle’ en caso de interrupción forzada (cuarentena o cuarentena de tu hijo/hija).

→ Aplazamiento del pago de las cotizaciones a la seguridad social: previa solicitud por escrito a su oficina de seguridad social, los trabajadores por cuenta propia pueden obtener un aplazamiento de un año del pago de sus cotizaciones a la seguridad social.

→ Reducción de las cotizaciones provisionales a la seguridad social: Si el trabajador autónomo se encuentra en dificultades como consecuencia del coronavirus, puede solicitar una reducción de las cotizaciones provisionales a la seguridad social para el año 2020. La única condición es que sus ingresos profesionales estén por debajo de los umbrales legales.

→ Exenciones de las contribuciones a la seguridad social: Si el trabajador autónomo o el cónyuge no puede pagar sus contribuciones a la seguridad social, se puede presentar una solicitud de exención para uno o más trimestres. Sin embargo, tenga en cuenta que no se acumularán derechos de pensión durante los meses de exención.

→ Enfermedad e incapacidad laboral: el trabajador por cuenta propia como ocupación principal y el cónyuge auxiliar que esté incapacitado para el trabajo recibirán un subsidio de crisis adicional de la mutua de seguros en caso de enfermedad.

♦ Empleados

El permiso parental especial ‘Corona’ desapareció el 1 de octubre. A partir de ahora, en caso de cierre de una escuela o una guardería, el empleado puede solicitar el desempleo temporal para casos de fuerza mayor (con un certificado de cuarentena que sostenga la petición) o la licencia parental “por cuarentena”, que ha sido aprobada hasta final de año. También son posibles otras soluciones, como las diversas licencias temáticas, el teletrabajo, la asistencia para cuidar a niños enfermos o las ausencias no remuneradas.

→ Prórroga automática de los plazos para el pago del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IPP).

→ El aplazamiento de los pagos de la hipoteca es posible hasta el final del año si los ingresos del empleado se han visto reducidos por el desempleo, ser positivo por coronavirus, el cierre de empresas y las medidas transitorias para combatir la pandemia. La solicitud debía ser presentada con fecha tope el 20 de septiembre.

♦ Empresas

→ Desempleo temporal (por razones económicas o de fuerza mayor): Las empresas particularmente afectadas por la crisis pueden seguir beneficiándose del procedimiento simplificado. En cuanto a los demás, se aplicarán nuevamente las normas habituales, aunque se aplicarán medidas transitorias hasta el final del año en caso de apelación por motivos económicos.

→ El aplazamiento del pago de los créditos a las empresas se ha ampliado hasta el final del año. Sin embargo, la solicitud debía presentarse antes del 20 de septiembre.

→ Plan de garantía del Estado (total de 50.000 millones de euros) sobre nuevos créditos y líneas de crédito de hasta 12 meses que los bancos conceden a empresas viables y a personas que trabajan por cuenta propia.

→ Medidas de fomento de la inversión: deducción del 25% para las pequeñas empresas en 2020, o incluso hasta 2022, dependiendo del acuerdo del gobierno.

→ Aplazamientos de impuestos y otros pagos de seguridad social y ciertas exenciones.

Fuente: L’echo

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