Baja temporal para cuidar de tus hijos

Baja temporal para cuidar de tus hijos

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Los padres que tienen que cuidar de sus hijos durante el confinamiento pueden ahora solicitar una baja parental “corona”. ¿Qué otras opciones tienes si no cumples los requisitos para ello?

El permiso parental “corona” está disponible hasta el 30 de junio para los padres que tienen que cuidar de sus hijos durante el confinamiento. También existen otras opciones, como el desempleo temporal o la baja no remunerada.

  1. La baja parental “corona”

La baja parental “Corona” puede concederse a un padre (también adoptivo o de acogida) de al menos un niño menor de 12 años o un niño discapacitado. Sólo puede adoptarse a tiempo parcial, es decir, a media jornada o a 4/5, entre el 1 de mayo y el 30 de junio y tendrá efecto retroactivo. ¿Bajo qué condiciones?

– El empleado debe tener un contrato de trabajo de al menos un mes con el empleador.

– Para presentar la solicitud, el trabajador debe avisar a su empleador con tres días de antelación. También se pueden acordar plazos más cortos.

– La baja parental puede adoptarse de una sola vez hasta el final de la misma o durante uno o más meses o semanas sucesivas o no.

– Siempre se requiere el acuerdo del empleador.

Los padres que están actualmente de baja por maternidad o paternidad pueden convertirla en baja por corona.

En cuanto a las prestaciones, la licencia corona irá acompañada de una compensación económica, a cargo del Onem, que es un 25% más elevada que la prestación estándar por baja parental.

En concreto, la baja parental de media jornada se remunera con 352,77 euros netos y la baja parental corona es de aproximadamente 440 euros. Para una reducción de una quinta parte, el subsidio estándar es de 119,68 euros netos y de aproximadamente 150 euros en el caso de la baja parental corona.

  1. Baja por causas de fuerza mayor

Además de los días de descanso reglamentarios, puedes solicitar una baja por “razones de fuerza mayor”, también conocida como “baja familiar”. Los empleados siempre tienen derecho a ello, el empleador no puede rechazarlo. Sin embargo, debes tener en cuenta que no se te pagará por estos días, a diferencia de los días de baja reglamentaria. Además, las bajas por razones de fuerza mayor se limitan a 10 días anuales.

Otra complicación es la interpretación de lo que es causa de fuerza mayor. Esta es, de hecho, una situación impredecible. Por lo tanto, este permiso podría ser utilizado si tu hijo enferma gravemente de repente y requiere cuidados constantes.

  1. Baja no remunerada

Las ausencias por motivos de fuerza mayor no deben confundirse con las ” bajas no remuneradas “, para las cuales se requiere la aprobación del empleador. No hay límite de tiempo para la baja no remunerada, pero sólo si ambas partes – empleador y empleado – están de acuerdo.

Este permiso puede tener consecuencias importantes. En teoría, si un empleado no recibe un salario, tampoco tiene derecho a prestaciones extra y, por lo tanto, debe devolverlas al empleador. Sin embargo, esto no es una obligación y un empleador puede decidir si mantenerlas o no para el empleado durante este período.

Además, “una suspensión del contrato de trabajo tras un período de baja no remunerada no suele considerarse (enteramente) asimilable al rendimiento laboral efectivo para el cálculo de la prima de fin de año”, recuerdan los expertos de Partena Professionnal. “Como resultado, la cuantía de la prima de fin de año puede ser inferior a la que el trabajador esperaba recibir. Es importante consultar los CCT sectoriales vigentes”.

Por último, la obtención de días de baja no remunerados no se incorpora al cálculo de las vacaciones del año siguiente.

  1. Baja parental o crédito de tiempo motivado

Otra solución es optar por la baja parental o por un crédito de tiempo motivado para cuidar de un niño menor de 12 años en el primer caso y menor de 8 años en el segundo. Para ambos tipos de baja, necesitarás el permiso de tu empleador.

Por lo general, también hay que tener en cuenta el período de aprobación: en principio, es de 3 a 6 meses, pero el empleador puede ser más rápido y, en casos extremos, puede aprobarse en un día.

El lado positivo del crédito de tiempo y la baja por paternidad es que recibirás un subsidio del Onem, pero será menor que tu salario.

  1. Desempleo temporal

En algunos casos, los padres también pueden solicitar el desempleo temporal en casos de fuerza mayor. Si bien la falta de soluciones para el cuidado de los niños no suele ser una razón para estar temporalmente en el paro por causas de fuerza mayor, explica Catherine Legardien, abogada de Partena, “la Oficina Nacional de Empleo (Onem) considera desde el lunes por la tarde que esta es una opción si no hay otra alternativa”, explica la experta. “Esto significa que no hay guardería, por ejemplo porque la escuela cierra completamente, el teletrabajo no es posible, el cónyuge tampoco puede cuidar a los niños, y sólo los abuelos u otras personas mayores pueden hacerlo”, dice Legardien.

 

FUENTE: L’echo.be

 

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